Fin del plazo para solicitar ayudas para comedor

Os recordamos que el plazo para solicitar ayudas para el comedor acaba el próximo viernes 19 de junio.

Toda la documentación la difunció el colegio en su día, pero os la volvemos a dejar aquí por si hay alguna familia rezagada:

Esta Convocatoria contiene una serie de novedades significativas, en lo que al procedimiento de solicitud se refiere,  las cuales se encuentran reflejadas en las Instrucciones y Orden de Convocatoria.

La modificación en el procedimiento está motivada por la simplificación administrativa y la implantación de la administración electrónica:

  1. El plazo ordinario de presentación de solicitudes será de 15 días  hábiles, desde el 29 de mayo al 19 de junio ambos inclusive, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BORM;  Dicho plazo es de aplicación a  los alumnos que se encuentren matriculados en el centro a la fecha de publicación de esta convocatoria.
    Será abierto un plazo extraordinario de presentación de solicitudes que se extenderá desde el día 1 al 15 de septiembre de 2020, ambos inclusive, para alumnos repetidores de 6º, de Educación Infantil 3 años y alumnos de nueva incorporación.
  2. La cumplimentación de la solicitud (rellenar el formulario online), tanto si se dispone de sistemas de firma o Cl@ve Pin para la presentación como si no, hay que hacerla electrónicamente, en el ordenador a través de la Sede Electrónica y adjuntar en formato PDF la documentación obligatoria.
  3.  La presentación de la solicitud puede ser:
    • Electrónica, si se dispone de sistemas de firma o Cl@ve Pin (con o sin representación).
    • En papel, si NO se dispone de sistemas de firma o Cl@ve Pin para la presentación, una vez rellenada la solicitud en el ordenador y adjuntada la documentación escaneada en formato PDF, se IMPRIMIRÁ (sólo la solicitud) para presentarla en el Centro Educativo o en el cualquier Registro.
  4. Con respecto a la figura del REPRESENTANTE (Apdo.2.a de las Instrucciones): En el caso de que el padre/madre/tutor o tutora opte por ser representado por otra persona, puede enviar la documentación obligatoria  al representante, para que este, rellene el formulario online, escanee y  adjunte la documentación a la solicitud para su presentación electrónica. Previamente se tiene que acreditar la representación, para ello han de personarse tanto representante como representado ante la Secretaría del centro educativo donde el alumno esté matriculado (con cita previa) o en una Oficina de Atención en materia de registros, ante un funcionario habilitado, donde se firmará el documento correspondiente para acreditar dicha representación, documento que deberán enviar escaneado (en formato PDF) junto con la solicitud electrónica. La autorización para la representación viene implementada en la solicitud electrónica, no obstante, también se puede acceder a ella a través de la Sede electrónica, procedimiento 0935.

En todos los casos de presentación deberán enviar el modelo «Declaración de responsable y cláusula de autorización» accesible tanto en la propia solicitud (formulario) como en la Sede Electrónica, firmado por todos los miembros mayores de 18 años que convivan en el domicilio familiar.

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